Seguridad industrial

Almacenamiento de productos químicos EPQ

Desde nuestra ingeniería, realizamos Proyectos de Almacenamiento de Productos Químicos ( EPQ – APQ ). 

La normativa que rige el almacenamiento de productos químicos es el Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ 0 a 10.

Tipología de almacenaje y productos:

  • MIE APQ-0 « definiciones generales ».
  • APQ-1 « almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles en recipientes fijos ».
  • APQ-2 « … de óxido de etileno en recipientes fijos ».
  • APQ-3 « … de cloro ».
  • APQ-4 « … de amoníaco anhidro ».
  • APQ-5 « … de gases en recipientes a presión móviles ».
  • APQ-6 « … de líquidos corrosivos en recipientes fijos ».
  • APQ-7 « … de líquidos tóxicos en recipientes fijos ».
  • APQ-8 « … de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno ».
  • APQ-9 « … de peróxidos orgánicos y de materias autorreactivas ».
  • APQ-10 « almacenamiento en recipientes móviles ».
  • Además, en Cataluña está la LEY 9/2014, de 31 de julio, de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos. Esta ley informa de los procedimientos y trámites a seguir por la legalización de las instalaciones de seguridad industrial, entre las que se encuentran los almacenamientos de productos químicos EPQ.
  • NUESTROS SERVICIOS
  • Estos proyectos regulan las características que deben tener los almacenamientos de los productos químicos, en función del tipo y cantidad de producto químico que se almacene. Se definen las características arquitectónicas del local donde se ubica el almacén, las medidas de seguridad a adoptar (por ejemplo en cuanto a las instalaciones contra incendios), los aspectos a considerar en el proyecto, el régimen de inspección de el almacenamiento…
  • Como en todos nuestros servicios de ingeniería, ofrecemos un servicio integral a nuestros clientes: asesoramiento, toma de datos y requerimientos, realización del proyecto y diseño del almacenamiento de productos químicos que necesite, tramitación del expediente con una entidad de control para la inspección inicial del almacenamiento y su registro. También llevamos la dirección de la obra civil que sea necesario ejecutar. Y si es necesario, la coordinación de la seguridad y salud.
  • En casos excepcionales, principalmente, por Almacenajes de Productos Químicos ya existentes, es necesario redactar y tramitar un Proyecto de Exención de Norma. Estos proyectos son necesarios cuando la instalación no cumple con la normativa existente. Entonces, se solicita a la Administración quedar exento del cumplimiento, proponiendo medidas alternativas y justificando que se conceda la exención.

Planes de autoprotección PAU

e360 Servicios Globales de Ingeniería, S.L.P. dispone de técnicos habilitados, competentes y acreditados por la Generalidad de Cataluña para la elaboración de Planes de Autoprotección PAU de acuerdo con la instrucción IRP / 516/2010, de 8 de noviembre, sobre el procedimiento de acreditación del personal técnico competente para la elaboración de planes de autoprotección en el ámbito de la protección civil. 

La necesidad de disponer de un Plan de Autoprotección PAU queda regulada en el DECRETO 30/2015, de 3 de marzo, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas.

Los Planes de Autoprotección no deben confundirse con los Planes de Emergencia. Por tanto, es importante que los titulares de las actividades, sepan si están obligados o no a disponer de Plan de Autoprotección PAU.

Las actividades y centros con obligación de autoprotección civil en Cataluña se dividen en los siguientes grupos:

En: Actividades y centros de interés para la protección civil de Cataluña (PAU Autonómico).

B: Actividades y centros de interés para la protección civil local (PAU local).

ACTIVIDADES DONDE SE REQUIERE EL PAZ

Algunos de los centros y actividades que deben contar con plan de autoprotección, son los siguientes:

  • Actividades de búsqueda.
  • Espectáculos públicos, actividades recreativas y deportivas: teatros, auditorios, salas de congresos, cines, discotecas, salas de fiesta, instalaciones temporales al aire libre con gran aforo, carreras deportivas populares, estaciones de esquí.
  • Actividades sanitarias con camas para tratamiento de enfermos o con determinadas características de evacuación.
  • Actividades residenciales públicas como geriátricos y residencias de la tercera edad.
  • Cámpings.
  • Actividades con fuego como correfocs o castillos de fuegos artificiales.
  • Otros como grandes centros comerciales, urbanizaciones, edificios aislados con alta ocupación…
  • Almacenamiento de productos químicos, en función del tipo y la cantidad.
  • Establecimientos donde intervengan explosivos.
  • Actividades docentes: guarderías, ludotecas, centros especiales y determinados colegios.
  • Determinadas actividades industriales como la gestión de residuos, la minería, las de elevada carga de fuego, las que utilizan sustancias tóxicas o peligrosas, las próximas a zonas vulnerables…

Y además de los planes de autoprotección obligatorios y su tramitación para su validación, elaboramos planes de emergencia, manuales de autoprotección y planes de Evacuación.

Informes ATEX

El Real Decreto 681/2003, de 12 de Junio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el puesto de trabajo establece las disposiciones mínimas para proteger la salud y seguridad de los trabajadores que podrían verse expuestos a riesgos derivados de atmósferas explosivas en el puesto de trabajo.

En E360 redactamos informes técnicos para la evaluación y prevención de los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el puesto de trabajo con el objetivo de que las empresas den cumplimiento a los requerimientos del Real Decreto. Tenemos en consideración la UNE-EN 60079-10-1 Clasificación de emplazamientos con atmósferas explosivas gaseosas, y la UNE-EN 60079-10-2 “Clasificación de emplazamientos con atmósferas explosivas de polvo.

La redacción de informe incluye:

  • La toma de requerimientos, datos y recopilación de información y documentación del cliente;
  • La redacción de la memoria técnica, con la justificación de las diferentes zonas ATEX.
  • El grafiado de los planos necesarios con las diferentes zonas de riesgo (tanto en distribución como en alzado);

Adicionalmente, y si el cliente lo requiere hacemos una auditoría de las instalaciones donde determinamos tanto el grado de cumplimiento de las instalaciones existentes como las actuaciones a ejecutar para mejorar la seguridad de las mismas y cumplir con lo establecido en el Informe ATEX.

Proyectos contra incendios RIPCI/RSCIEI

Las instalaciones de protección contra incendios (PCI) se consideran de Seguridad Industrial y deben estar legalizadas. Además, estas instalaciones deben superar controles periódicos. Su puesta en funcionamiento requiere el cumplimiento de unos requisitos normativos tales como:

  • RD 2267/2004, Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales .
  • RD 513/2017, Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. Aplicable a establecimientos no industriales.

En establecimientos industriales, función de la antigüedad de la instalación de protección contra incendios, se aplicará:

  • Si su puesta en funcionamiento es posterior a Enero de 2005 se aplicará el RSCIEI, y para su inscripción y legalización será necesario:
    • Disponer de un proyecto RSCIEI;
    • Disponer de Informe Previo de Bomberos (en los casos definidos en la Ley 3/2010 de la Generalitat).

Estas instalaciones pasarán un control periódico por parte de una entidad de control. La periodicidad del control depende del riesgo intrínseco del establecimiento (2, 3 o 5 años).

  • Si su puesta en funcionamiento es anterior a Enero de 2005 se aplicará el RIPCI, y para su inscripción y legalización será necesario:
    • Disponer de una memoria técnica según la Instrucción 1/2019 de la Generalitat.
    • Superar un Control Inicial por parte de la Entidad de Control.

E360 ayuda a sus clientes con:

  • El estudio previo de la situación técnico-legal de las instalaciones de protección contra incendios;
  • La redacción de proyectos RSCIEI y memorias técnicas RIPCI;
  • La tramitación con las administraciones públicas por la obtención del Informe de Bomberos;
  • La Dirección de obra de las instalaciones de protección contra incendios;
  • La Gestión y acompañamiento con las Entidades de Control por las inspecciones, tanto iniciales como periódicas;
  • La tramitación con la Generalitat del alta de la instalación.
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